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La Afip extiende los plazos para cumplir con regímenes de información

La medida busca garantizar el acceso a los beneficios de la Moratoria 2020 a un conjunto de entidades que no habían realizado el trámite correspondiente en tiempo y forma.

La medida alcanza a accionistas de sociedades que ingresaron a la moratoria y a beneficiarios finales de empresas, fondos comunes de inversión y fideicomisos.

La AFIP informó que la normativa que establece las prórrogas para las obligaciones será publicada en el Boletín Oficial en los próximos días.

El organismo señaló que "la ampliación de los plazos previstos originalmente busca garantizar el acceso a los beneficios de la Moratoria 2020 a un conjunto de entidades que no habían realizado en tiempo y forma dicha presentación".

Según el alargamiento de los plazos las entidades de menor envergadura que cuentan con hasta 50 beneficiarios finales el vencimiento se traslada al 19 de febrero próximo.

Las entidades con más de 50 y hasta 500 beneficiarios finales tendrán tiempo para presentar la información hasta el 5 de marzo, mientras que las que tengan más de 500 el vencimiento operará el 19 de marzo.

Por su parte, los fideicomisos tendrán plazo para cumplir con la obligación de informar sus beneficiarios finales a partir de abril de acuerdo al siguiente calendario.

Cuando cuenten con hasta 50 beneficiarios finales, el vencimiento operará el 30 de abril de 2021, los que tengan hasta 500 tendrán plazo hasta el el 15 de mayo próximo, y cuando se supere esa cifra el vencimiento operará el 31 de mayo de 2021.

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